Código de Ética de la Función Pública - Ley N° 27815

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Los fines de la función pública son el Servicio a la Nación, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política y la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos.

Ley y dispositivos aprobados:

  • Ley N° 27815 - Código de Ética de la Función Pública
  • Resolución Ministerial N° 295-2009-PRODUCE
    Aprobar la Directiva General N° 006-2009-PRODUCE "Disposiciones para la aplicación del Código de Ética de la Función Pública y su respectiva difusión en el Ministerio de la Producción"
  • Resolución Ministerial N° 471-2009-PRODUCE
    Modificar los numerales 6.1.3; 6.1.4 y 6.4.1 de la Directiva General "Disposiciones para la aplicación del Código de Etica de la Función Pública y su respectiva difusión en el Ministerio de la Producción"

Empleado Público:

Es todo funcionario o servidor de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de los niveles jerárgicos sea éste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre o al servicio del Estado, no importando el régimen jurídico de la entidad en la que se preste servicios ni el régimen laboral o de contratación al que esté sujeto.

Sobre el Código de Ética se ha publicado la siguiente información al respecto:

Certificados que se otorgan:

Documentos relacionados

Ministerio de la Producción - Oficina de Imagen y Comunicación Institucional [ Ver aquí ]

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